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Bodas civiles en Colombia

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Existen varias formas de oficializar un matrimonio, las más elegidas son: matrimonio civil y religioso. Un matrimonio menos formal, rápido, económico y totalmente legal es el civil, se proporciona ante una notaria o ante un juez civil. La edad en la cual la ley permite casarse por la vía civil es a los 14 años, si es menor de edad se permite con el consentimiento de los padres, y este derecho también se entiende para garantizar las uniones de hecho como forma legal de forma una familia en Colombia.

Los costos aproximados son los siguientes:

  • Si la ceremonia se realiza en la notaría te pueden cobrar aproximadamente $43.000. Si es fuera de la notaría puede costar alrededor de $200.000 a $300.000. Este valor no incluye documentos notariados como:
  • Registro de actas de nacimiento: 8.000 pesos aprox.
  • Precio de Autenticación Biométrica: 30.000 pesos aprox.
  • Otros gastos notariales como fotocopias, autenticación de firmas, inventario de bienes menores, Testimonio notarial y otros por lo que la totalidad de los gastos puede estar entre $220.000 pesos y $300.000 pesos, aproximadamente.

Generalmente los documentos necesarios para llevar a cabo una boda civil son:

  • Fotocopia de las cédulas de los contrayentes.
  • Solicitud de matrimonio civil ante el notario, expresando que no existe ningún impedimento legal para contraer el casamiento y que este lo realiza de manera voluntaria, esta solicitud debe tener: no mbres y apellidos completos, documentos de identidad con el lugar de nacimiento, domicilio, edad, ocupación de los contrayentes y finalmente el nombre de sus padres en caso de que sean menores de edad.
  • Presentar los registros civiles de nacimiento de la pareja, con una expedición no mayor a tres meses a la solicitud.
  • Si los interesados ​​no pueden presentarse de forma presencial, deben otorgar un poder a una persona para presentar la respectiva solicitud. *

Si es un segundo matrimonio, además de los requisitos anteriores, debe añadir lo siguiente:

  • Registro civil de defunción del cónyuge del matrimonio anterior (en caso que aplique). *
  • Registro civil de la sentencia de divorcio o de nulidad o de dispensa pontificia, debidamente registrada y un inventario solemne de bienes.

Si se trata de unión marital declarada judicial o notarialmente, el registro civil debe indicar la disolución y liquidación de la sociedad patrimonial de hecho. Realizar un buen proceso va a garantizar el cumplimiento de las normas legales.

El estado reconoce los matrimonios católicos por la iglesia, con fuerza legal civil, pero para que este reconocimiento sea válido, la autoridad eclesiástica respectiva debe proporcionar la certificación respectiva para registrarla, realizar los procedimientos de ley y se genere la legalidad del matrimonio.

Cuando se presenta la documentación solicitada, si es matrimonio ante un juez civil demora 15 días hábiles, si es ante un notario demora 5 días hábiles a partir de la solicitud.

¡No olvides disfrutar de este día tan especial!

 

 

Referencias
Decreto 2668 del 26 de diciembre de 1.988. https://notaria5.com.co/tramites-notariales/matrimonio-civil-notaria-bogota.aspx
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